La ratificación de lo votado por Diputados, sin los cambios introducidos en el Senado, significa que los trabajadores en relación de dependencia sin hijos menores y que ganan más de $ 1.800.000 brutos mensuales (es decir, unos $ 1.500.000 netos) o más de $ 2.200.000 brutos ($ 1.950.000 netos) con 2 hijos paguen el Impuesto a las Ganancias cuando hasta ahora estaban exceptuados.
Una novedad es que todos los pagos que reciban los trabajadores, como horas extras, aguinaldo, viáticos de larga distancia (camioneros), zona patagónica, quedan incluidos en el cálculo del impuesto.
La diferencia entre los asalariados con o sin hijos se debe a que se podrá volver a deducir de la base imponible de Ganancias los hijos menores y otras deducciones permitidas con un tope, como lo pagado en prepagas, gastos escolares, etc. Estos nuevos valores se aplicarían a partir de la aprobación del proyecto, no en forma retroactiva.
Además, la actualización del mínimo no imponible se haría de forma trimestral durante este año, en septiembre, y luego de forma semestral a partir del Índice de Precios al Consumidor (IPC).
Según la Oficina de Presupuesto del Congreso ( OPC) , lo votado por Diputados incrementa en 0,4303 % del PBI la recaudación de ese impuesto en 2024, de los cuales 0,4221% son coparticipables.
Actualmente rige la ley Massa con un mínimo no imponible de 15 SMVM (Salario Mínimo, Vital y Móvil) a valores de enero, equivalente a $ 2.340.000 que debe actualizarse en julio, y se elevaría a más de 3,5 millones.
Se estima que entre 800.000 y un millón de trabajadores hoy exentos de Ganancias, como bancarios, mineros, siderurgicos, camioneros,aceiteros, personal jerárquico, volverían a pagar el impuesto en alícuotas que van del 5 al 35%, cuando hasta ahora estaban exceptuados, según la especialista Luz Arroqui. En valores que arrancan en casi $ 3.000 mensuales hasta unos $ 60.000 mensuales para los que hoy están exentos. Y que supera los $ 100.000 mensuales para los que ganan más de $ 2.500.000 brutos.
El proyecto ratifica el alivio fiscal que se aplicó entre el 1° de octubre y el 31 de diciembre 2023 (Decreto N° 473/2023), lo que significa que no habrá retenciones retroactivas. Y lo pagado por Ganancias este año hasta la promulgación de la ley no será retenido.
En tanto, Gabriela Russo, titular del Consejo Profesional de Ciencias Económicas, advirtió que si Diputados insiste en el proyecto original “queda sin efecto el incremento del 22% para las deducciones personales de los trabajadores patagónicos y la deducción de intereses de los créditos hipotecarios hasta el tope del Minino no Imponible” que figuraba en el dictamen de Senadores.
En el caso de los autónomos el mínimo no imponible es más bajo: $ 1.159.138 netos para los solteros sin hijos y $ 1.644.327 netos para los casados con 2 hijos.
Para los jubilados y pensionados se mantiene la exención de Ganancias en ocho haberes mínimos que, en junio, son $ 1.655.448.