La Cámara Federal rechazó un pedido de Alberto Fernández y la causa de Fabiola Yañez seguirá en Comodoro Py

La causa judicial que enfrenta a Fabiola Yañez contra Alberto Fernández continuará, por el momento, en los tribunales de Comodoro Py. De acuerdo con fuentes judiciales citadas por el portal de Infobae, el juez de la Cámara Federal, Eduardo Farah, rechazó este lunes la solicitud de la defensa del ex presidente para trasladar el caso a los tribunales federales de San Isidro, argumentando que los hechos denunciados por la ex primera dama ocurrieron en la residencia de Olivos durante el mandato presidencial de Fernández. Sin embargo, el fallo dejó abierta la posibilidad de revisar la competencia del caso en el futuro, a la espera de nuevas medidas investigativas.

Farah explicó en su resolución que la disputa sobre la competencia judicial entre las partes (fiscalía, querella y defensa) aún no ha considerado todas las circunstancias necesarias para una decisión definitiva. Por ello, consideró acertada la decisión del juez de primera instancia de no definir la competencia de manera prematura y de posponer el análisis hasta que se completen las investigaciones en curso.

El juez fundamentó su decisión en dos aspectos. En primer lugar, destacó la necesidad de esclarecer las circunstancias exactas de los hechos denunciados, incluyendo las acusaciones de instigación a un aborto, lesiones reiteradas y amenazas coactivas contra Yañez, así como la posible participación de funcionarios públicos. Este análisis permitirá determinar si los hechos están relacionados entre sí, lo que influirá en la decisión sobre si la investigación debe unificarse y en qué jurisdicción debe continuar.

En segundo lugar, Farah señaló la importancia de determinar si el caso corresponde efectivamente a la justicia federal, una cuestión que, según él, las partes no han abordado adecuadamente. El juez subrayó que, para decidir sobre la competencia federal, es necesario justificar la naturaleza federal de los hechos, ya que esta competencia es de carácter excepcional y está restringida a situaciones expresamente previstas en la Constitución Nacional y el Código Procesal Penal de la Nación.

Finalmente, Farah resaltó que el juez que está a cargo debe esclarecer los aspectos fácticos y normativos para definir correctamente la competencia, tanto en términos materiales como territoriales, o por la conexión entre los sucesos denunciados.