La noticia se conoció esta mañana, luego de que ambas partes intentaran negociar durante el fin de semana un resarcimiento económico para las víctimas. El proceso judicial seguirá este lunes con la declaración de dos testigos pendientes.
El juicio se había interrumpido el viernes pasado tras la presentación de una inesperada “propuesta de reparación integral al daño” por parte de la querella. Guillermo Dragotto, abogado de Cositorto, anticipó que después de las declaraciones, podrían solicitar un nuevo cuarto intermedio para decidir si se logra un acuerdo económico o si el juicio continúa.
El juez a cargo del caso subrayó que los dos procesos—el juicio y la negociación—no pueden prolongarse indefinidamente, por lo que en los próximos días deberá tomarse una decisión sobre uno de los dos caminos.
Dragotto había mencionado el viernes que se encontraban “en conversaciones con la parte querellante” y que la fiscalía también estaba involucrada en las negociaciones. “No hay nada concreto; simplemente se ha solicitado un cuarto intermedio para explorar una solución alternativa al juicio”, explicó a TN.
El abogado argumentó que “reparar el daño” no implica reconocer un hecho de estafa, sino que se trata de reconocer a los damnificados, aclarando que se busca zanjar la discusión sobre si fue una estafa o un problema contractual.
Dragotto agregó que “la reparación integral es una manera de extinguir la acción judicial”, lo que podría evitar que Cositorto enfrente una condena de hasta 16 años de prisión.
Al ser consultado sobre el origen de los fondos para la reparación, Dragotto indicó que la oferta proviene de todos los imputados. Además de Cositorto, sus socios Maximiliano Batista y Miguel Ángel Echegaray también están acusados de haber orchestrado una mega estafa piramidal mediante un esquema Ponzi.
“El tema del dinero es algo que se deberá evaluar, por eso son las conversaciones y la razón del pedido de suspensión de la audiencia que hemos realizado”, agregó Dragotto, recordando que este tipo de acuerdos es “una de las modalidades que permiten el Código de Procedimiento y el Código Penal” para “dar por concluido este litigio”.