El Gobierno Nacional reglamentó la desregulación del transporte de larga distancia
El Gobierno publicará la resolución para desregular los micros de larga distancia.

El Gobierno nacional ha reglamentado la desregulación del transporte de larga y media distancia a través de la resolución 57, publicada en el Boletín Oficial. Esta normativa permite a los transportistas y empresas fijar libremente precios, horarios, recorridos y duración de los servicios.

Desde el miércoles 11, transportistas de ómnibus, combis y automóviles podrán registrarse en la plataforma web Trámites a Distancia (TAD), donde deberán proporcionar información relevante y actualizada sobre los servicios. La Secretaría de Transporte, encabezada por Franco Mogetta, indicó que todos los registros se unificarán en el Registro Nacional de Transporte Automotor de Pasajeros (RNTAP), para brindar mayor comodidad y transparencia.

Los vehículos podrán iniciar o finalizar viajes y hacer paradas en cualquier terminal, manteniendo las exigencias de seguridad vial, higiene y accesibilidad. La desregulación se efectivizó en octubre mediante el decreto 883.

El ministro de Desregulación, Federico Sturzenegger, celebró la medida e invitó a propietarios de vehículos a convertirse en proveedores de transporte de pasajeros. La resolución 57 establece el procedimiento para que cualquier interesado pueda ofrecer estos servicios.

Registro Nacional de Transporte Automotor de Pasajeros (RNTAP)

Con la nueva reglamentación, se formalizó la creación del RNTAP, un registro de acceso público y online donde se deberá informar la capacidad de transporte, tipo de vehículo, cantidad de asientos, seguros contratados, nómina de conductores y la información relativa a las licencias de conducir, periodicidad de los servicios, origen, paradas intermedias y destino del viaje.

Datos a completar en el RNTAP:

  • Formulario de transportistas/empresas
  • Declaración jurada Nómina de Parque Móvil
  • Declaración jurada Nómina de conductores
  • Título de propiedad o contrato de leasing de los vehículos
  • Pólizas de seguros

Una vez registrados, se emitirá el Certificado de Alta de Transportista en un plazo de cinco días hábiles, permitiéndoles acceder a la inscripción de los servicios a prestar. Los transportistas que ya operan tendrán 60 días para declarar sus servicios en el RNTAP.

Cambios en los servicios de larga distancia

La desregulación permite a transportistas y empresas fijar precios, horarios, recorridos, itinerarios, modalidades y duración de los servicios libremente. La medida busca generar una mayor oferta y competencia de precios, beneficiando tanto a pasajeros como a empresas y transportistas.