La condena a prisión perpetua genera permanentes debates entre quienes están a favor de su aplicación y quienes, por el contrario, la rechazan, posturas que trascienden al ámbito del Derecho e involucra a la sociedad en general.
Por esa razón y en el marco del fallo Guerra, Sebastián Alejandro y otros sobre incidente de recurso extraordinario, que emitió el mes pasado la Corte Suprema de Justicia de la Nación, los Dres. Eduardo Llugdar y Juan Carlos Storniolo expusieron en el Tercer Conversatorio que organizó la Asociación de Magistrados y Funcionarios Judiciales de Santiago del Estero.
En primer lugar, el vicepresidente primero del Superior Tribunal de Justicia efectuó una introducción teórica a la temática para luego adentrarse en la exposición y análisis de condenas a prisión perpetua, que diferentes tribunales aplicaron en países de Latinoamérica, en Argentina y en Santiago del Estero, como por ejemplo, los casos Velázquez Rodríguez, Giménez Ibáñez y González.
En otro orden, el magistrado consideró que la mencionada sanción implica la supresión de derechos civiles, políticos, sociales, económicos y culturales del reo, situación que también incide en su entorno familiar.
Asimismo, recordó el efecto que tuvo el secuestro extorsivo y ejecución del joven Axel Blumberg, hecho ocurrido en el año 2004, que derivó en el agravamiento de penas contempladas en el Código Penal para ciertos delitos.
Por su parte, el vocal del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal, se refirió a su tesis de especialización de posgrado universitario, titulada “La prisión perpetua, hipocresía del Derecho”, en la que básicamente cuestiona que la legislación argentina avale una pena que es falsa en la práctica y genera confusión en la ciudadanía.
Al respecto, apuntó que tanto Argentina, como todo país que haya adherido a los tratados internacionales como la Convención Americana sobre DD.HH. y el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, no deberían aplicar la prisión perpetua. Es que en ambos textos se sostiene que las penas deben tener como fin esencial la reinserción social de la persona condenada, independientemente del delito que haya cometido.
Finalmente, sostuvo que “la prisión perpetua, en mi postura personal, es inconstitucional en todo sentido”.
Una vez que concluyeron las ponencias, se abrió un espacio de reflexión y debate entre los panelistas y los participantes, entre quienes asistieron en forma presencial al Salón de Acuerdos del Palacio de Tribunales y los que se conectaron mediante una plataforma virtual, generándose un interesante intercambio de opiniones.