
Un escándalo divide opiniones en las redes sociales. Todo sucedió porque una familia fue multada en plena ruta debido a que la mujer iba amamantando en el asiento del acompañante.
La policía que realiza los controles en la autovía Córdoba–Río Cuarto detuvo a la pareja. Según el relato del conductor, su pareja estaba amamantando al niño en el asiento delantero cuando fueron frenados por los agentes, quienes decidieron labrar un acta de infracción.
El hombre filmó lo sucedido y compartió un video en el que expresó su indignación. “Nos hacen una multa porque mi pareja estaba dando la teta en el auto. El bebé se había puesto nervioso, así que ella lo calmó así. Pero un tiempo atrás, otro policía me había explicado que eso se podía hacer”, dijo, y acusó a la Policía de actuar de forma contradictoria.
La multa se emitió por incumplir la ley 8.560, que prohíbe llevar a menores de diez años en el asiento delantero sin los sistemas de seguridad correspondientes. El monto informado fue de 288.200 pesos, con posibilidad de un 50% de descuento si se paga voluntariamente.
Qué establece la Ley 8.560
La normativa provincial, en sus artículos principales, detalla:
- Artículo 39: No se permite que menores de 10 años viajen en el asiento delantero, salvo que usen sistemas especiales de retención homologados.
- Artículo 40: Obliga a que los niños viajen en el asiento trasero.
- Artículo 80: Exige que todos los ocupantes del vehículo utilicen cinturón de seguridad.