En el marco de las elecciones legislativas nacionales de este domingo 26 de octubre de 2025, los llamados boca de urna vuelven a captar la atención de votantes, medios y analistas políticos. Sin embargo, su difusión pública está regulada por ley, con el objetivo de preservar la transparencia del proceso electoral y garantizar la libertad de decisión de quienes aún no emitieron su voto.
Una boca de urna es un relevamiento que se realiza el mismo día de las elecciones, al consultar a los votantes a la salida del cuarto oscuro sobre su elección. A diferencia de las encuestas de intención de voto previas, estos sondeos reflejan las decisiones efectivas de quienes ya sufragaron.
Son llevadas a cabo por consultoras especializadas, medios de comunicación o partidos políticos, y sirven para obtener estimaciones preliminares antes del escrutinio oficial.
En Argentina, la difusión de encuestas boca de urna antes de las 21:00 del día de la elección está prohibida por el artículo 71, inciso H, del Código Electoral Nacional. Esta restricción rige durante toda la jornada electoral y hasta tres horas después del cierre de las mesas.
El propósito es evitar que los resultados preliminares influyan en los votantes que aún no acudieron a sufragar y prevenir la desinformación o la manipulación mediática antes de los datos oficiales.
La Cámara Nacional Electoral (CNE) advierte que las encuestas de boca de urna no siempre coinciden con el resultado final, por lo que su publicación anticipada puede afectar la equidad del proceso.
Los medios, consultoras o particulares que difundan resultados antes del horario permitido pueden enfrentar sanciones legales y multas económicas, de acuerdo con la normativa vigente.
