La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) recordó a todos los contribuyentes del Régimen Simplificado que se aproxima el plazo para cumplir con la primera recategorización obligatoria del 2026. Este trámite es esencial para aquellos cuyos ingresos, alquileres o consumos de energía hayan superado los límites de su categoría actual durante los últimos 12 meses.
A partir del 1 de febrero de 2026, los valores del monotributo se actualizarán en un 14,3%. Este porcentaje surge del ajuste correspondiente al Índice de Precios al Consumidor (IPC) acumulado durante el segundo semestre de 2025.
El incremento afecta tanto a los topes de facturación permitidos como al monto de la cuota mensual (impuesto, aporte jubilatorio y obra social). Realizar el ajuste a tiempo es clave para evitar sanciones o la exclusión automática del régimen hacia el Régimen General (Autónomos).
Nuevos valores de las cuotas (Vigentes desde febrero)
De acuerdo a la información de ARCA, estos son algunos de los montos estimados que los contribuyentes deberán abonar según su actividad:
| Categoría | Servicios | Comercio |
| B | $42.216,41 | $42.216,41 |
| C | $49.435,58 | $48.320,22 |
| D | $63.357,80 | $61.824,18 |
| E | $89.714,31 | $81.070,26 |
| F | $112.906,59 | $97.291,54 |
| G | $172.457,38 | $118.920,05 |
| H | $391.400,62 | $238.038,48 |
| K | $1.208.890,60 | $525.732,01 |
¿Quiénes deben recategorizarse?
Deben realizar el trámite aquellos monotributistas cuyos parámetros de los últimos 12 meses (ingresos brutos, energía eléctrica consumida, alquileres devengados o superficie afectada) hayan aumentado o disminuido respecto de los topes de su categoría vigente. Si los parámetros no variaron, no es necesario realizar ninguna acción y el sistema mantendrá la categoría actual.
