Claudio Tapia, presidente de la AFA (Asociación del Fútbol Argentino) logró un fallo favorable del propio Tribunal de Ética de la entidad, que validó sus declaraciones juradas patrimoniales y concluyó que no debe ser considerado una Persona Expuesta Políticamente (PEP), categoría definida por la Unidad de Información Financiera (UIF) que implica mayores controles para prevenir maniobras de lavado de dinero.
La resolución, difundida por el ciclo ¿Y mañana qué?, fue firmada en julio de 2025 por Diego G. Barroetaveña, Manuel Fernández y Mario E. Kohan, integrantes del Tribunal de Ética de la AFA. El documento sostuvo que Tapia no está alcanzado por ese régimen ni por su función en la AFA ni por su rol como presidente del CEAMSE.
El punto central de la controversia es que los magistrados fundamentaron su decisión en la Resolución UIF 134/2018, una reglamentación que hoy se considera desactualizada. Desde 2023, la normativa vigente endureció el encuadre de Personas Expuestas Políticamente y, según especialistas, el cargo de Tapia en la empresa pública de residuos lo ubicaría sin discusión dentro de esa categoría.
Barroetaveña, uno de los firmantes, es presidente de la Cámara Nacional de Casación Penal, aunque actualmente ya no integra el tribunal de la AFA luego de que la Corte Suprema lo obligara a renunciar. Kohan, por su parte, se desempeña en la Cámara de Casación bonaerense, mientras que Fernández es abogado e hijo del camarista Sergio Fernández. Todos intervinieron en un expediente que excede claramente el ámbito estrictamente futbolístico.
El fallo sostiene textualmente: “El Sr. Claudio Fabián Tapia no se encuentra alcanzado por las disposiciones de la Resolución UIF N.° 134/2018”. Además, el tribunal recurrió a la llamada doctrina de los actos propios para reforzar su posición, al recordar que Tapia ya había ocupado un cargo en el CEAMSE en 2017 sin haber sido considerado PEP en ese momento.
La AFA cruzó a la Justicia
La actualización normativa de la UIF fue el elemento que reactivó la discusión. El documento incluso apela a una fórmula doctrinaria en latín para sostener que “nadie puede cambiar su conducta anterior en perjuicio de otro”, en referencia a que el dirigente no había sido observado previamente bajo ese encuadre.
Con esos argumentos, el Tribunal de Ética resolvió “tener por válidas y formalmente eficaces” las declaraciones juradas presentadas por Tapia y establecer que no reviste la condición de Persona Expuesta Políticamente. La propia resolución aclara que la decisión fue adoptada “dentro de las competencias de este tribunal”.
La medida genera ruido por el contexto judicial que rodea al presidente de la AFA, ya que en paralelo enfrenta otras investigaciones vinculadas a presuntas irregularidades fiscales y patrimoniales, lo que vuelve más sensible cualquier definición sobre el nivel de monitoreo de sus movimientos financieros.
