El conflicto por la reforma laboral impulsada por el Gobierno de Javier Milei tiene numerosos vaivenes judiciales. El juez laboral Raúl Horacio Ojeda rechazó in limine una presentación de la administración libertaria contra el fallo que mantiene suspendida la reforma. El argumento es el Procurador del Tesoro, Sebastián Amerio, quien firmó los documentos, no cuenta con la matrícula de abogado necesaria para litigar en los tribunales.
El magistrado intimó a la apoderada del Estado, Mayra Cosentino, a no realizar nuevas presentaciones bajo el patrocinio de Amerio, señalando lo que considera un “requisito básico” incumplido. La decisión de Ojeda se da en el marco de la causa iniciada por la CGT, un expediente paralelo al intento oficial de llevar la discusión directamente a la Corte Suprema mediante un per saltum.
Desde el entorno de Amerio no tardaron en responder y calificaron la postura de Ojeda como “falsa” e incluso constitutiva de un “delito”. El argumento de la Procuración se basa en la propia jurisprudencia de la Corte Suprema que, invoca un fallo de 1997 (Tierra del Fuego vs. Estado Nacional) donde el máximo tribunal estableció que no se le puede exigir matrícula federal a los funcionarios de la Procuración, ya que la ley les impide ejercer la profesión de forma privada precisamente por el cargo que desempeñan.
Además, reivindican los 22 años de experiencia de Amerio en el Poder Judicial, destacando su paso por las vocalías de la propia Corte Suprema antes de sumarse al Ejecutivo.
Para el Gobierno, la “animosidad” del juez Ojeda tiene un trasfondo político. La relación se tensó al máximo luego de que la Casa Rosada calificara públicamente al magistrado como un “juez municipal”, ninguneando su competencia tras el traspaso del fuero laboral a la órbita de la Ciudad de Buenos Aires (un punto que, irónicamente, forma parte de la reforma judicializada).
Con el rechazo de Ojeda firme, la estrategia oficial se concentra ahora en el máximo tribunal del país. La Corte tiene en sus manos el per saltum y debe decidir cómo proceder ante el conflicto de poderes.
Los ministros pueden decidir tratar el caso y fijar un cronograma de resolución, existe la posibilidad de que acepten el expediente y dicten sentencia sobre el fondo de la reforma laboral en el mismo acto.
La Corte también podría aceptar el caso sin comprometerse con fechas específicas, manejando los tiempos políticos y judiciales de la reforma.
