Resultados elecciones municipales 2026: qué es el boca de urna y cómo funciona
IMAGEN ILUSTRATIVA.
Una encuesta a boca de urna es un estudio de opinión cuantitativo que se realiza el mismo día de la elección directamente a las puertas de las escuelas y centros de votación.

Tras el cierre de los comicios a las 18:00 en la Ciudad Capital y la espera de los resultados oficiales en los diferentes municipios de Santiago del Estero, la ansiedad por conocer a los nuevos intendentes y concejales electos domina el escenario político y social provincial. En este intervalo previo a la difusión de los primeros datos oficiales del escrutinio provisorio, cobra habitual relevancia la figura de los sondeos a “boca de urna”.

Una encuesta a boca de urna es un estudio de opinión cuantitativo que se realiza el mismo día de la elección directamente a las puertas de las escuelas y centros de votación. A diferencia de las encuestas preelectorales tradicionales donde se pregunta por la intención o preferencia futura, en este relevamiento se le consulta al ciudadano a quién acaba de votar al momento exacto de abandonar el establecimiento.

Cómo se lleva a cabo el relevamiento en la puerta de los colegios

El procedimiento metodológico de los boca de urna requiere un despliegue técnico coordinado por consultoras de opinión pública o equipos de estrategia de las distintas fuerzas políticas:

  • Selección de muestra representativa: Los encuestadores se ubican en la vía pública, fuera de los locales de sufragio previamente seleccionados por su representatividad demográfica y volumen de padrón.

  • Encuesta presencial y anónima: Al salir del establecimiento, se aborda al elector de manera aleatoria solicitándole que indique en una planilla o dispositivo digital la opción política por la que acaba de sufragar.

  • Procesamiento en tiempo real: Los datos recogidos en las mesas testigo se transmiten a centros de procesamiento donde se proyecta la tendencia electoral de la jornada de forma casi instantánea.

Qué dice la Ley Electoral sobre la publicación y difusión de datos

En el marco del Código Nacional Electoral y las normativas provinciales vigentes, la realización de encuestas a boca de urna no está prohibida, pero su difusión pública antes de determinado horario sí se encuentra estrictamente penalizada.

La legislación establece que ningún medio de comunicación ni plataforma digital puede publicar o divulgar resultados de encuestas, sondeos o proyecciones sobre el resultado del comicio desde ocho días antes de la elección y hasta tres horas después del cierre de las mesas. Esta medida busca proteger la libre emisión del sufragio e impedir que tendencias preliminares o no verificadas influyan en la decisión de los electores que aún se encuentran votando dentro de los establecimientos.

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