Le depositaron 330 veces su sueldo por error, renunció y la Justicia determinó que no cometió delito

Tras tres años de litigio, la justicia chilena dictó un fallo que sienta un precedente polémico y sorprendente. Un trabajador que recibió por error una transferencia de 165 millones de pesos chilenos (aprox. 180.000 dólares) y luego renunció a su empleo, fue absuelto de los cargos de robo que pesaban en su contra.

El error que cambió una vida

El caso se remonta a mayo de 2022. Por un fallo en el sistema de pagos del Consorcio Industrial de Alimentos, el empleado —cuya identidad se ha mantenido en reserva— percibió en su cuenta bancaria el equivalente a 330 veces su salario mensual. Aunque en un principio el hombre aseguró a sus empleadores que devolvería el excedente, tres días después presentó su renuncia vía telegrama y cortó toda comunicación con la firma.

Durante el proceso judicial que culminó en septiembre de 2025, la clave del fallo residió en la naturaleza del acto. Los abogados defensores sostuvieron que su cliente no realizó ninguna maniobra fraudulenta, engaño ni manipulación de sistemas para obtener el dinero; simplemente fue un receptor pasivo de un error ajeno.

El tribunal de Santiago coincidió con esta visión. En su resolución, los magistrados explicaron que el hecho no encuadra en la figura de robo, sino en una “apropiación no autorizada”. Dado que la legislación penal chilena no contempla esta figura como un delito punible con cárcel, el acusado quedó eximido de la pena de 540 días de prisión que solicitaba la querella.

Los puntos clave del fallo:

  • Falta de dolo inicial: No hubo intervención del empleado en la generación del depósito.

  • Error corporativo: La transferencia fue un acto voluntario (aunque equivocado) de la empresa.

  • Vacío legal: La retención del dinero, si bien es éticamente cuestionable, no cumplió con los requisitos técnicos para ser considerada robo o fraude.

A pesar del triunfo en el fuero penal, el trabajador no está totalmente a salvo. Desde el Consorcio Industrial de Alimentos confirmaron que iniciarán acciones por la vía civil para intentar recuperar el capital. A diferencia del proceso penal, que busca castigar un delito con prisión, la justicia civil podría ordenar el embargo de bienes o cuentas para resarcir el perjuicio económico de la compañía.

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