Doble frente judicial para Lázaro Báez: rechazo de la Corte Suprema y sobreseimiento parcial por la Ley de Inocencia Fiscal

La situación procesal del empresario Lázaro Báez sumó este martes dos capítulos determinantes en los tribunales federales. Mientras la Corte Suprema de Justicia le cerró la puerta a un planteo para extinguir una causa por el pago de deudas, el Tribunal Oral en lo Penal Económico N° 3 dictó su sobreseimiento parcial y el de sus hijos en otra causa, aplicando los nuevos topes de la Ley de Inocencia Fiscal.

El revés en la Corte Suprema

El máximo tribunal, con los votos de Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti, rechazó un recurso extraordinario de la defensa que buscaba cerrar una causa por evasión vinculada a Austral Construcciones SA.

El argumento de Báez: Sostenía que la acción penal debía extinguirse porque ya se habían abonado cerca de $600 millones en el expediente de la quiebra de la empresa.

La negativa: La Corte desestimó el planteo por no dirigirse contra una sentencia definitiva. Previamente, la fiscalía y la AFIP se habían opuesto señalando que en delitos tributarios no existe la “reparación integral” y que el monto transferido era un valor histórico que no cubría los valores actualizados ni la totalidad de la deuda.

En paralelo, el mismo Tribunal Oral en lo Penal Económico N° 3 benefició al empresario, a sus hijos (Martín, Luciana y Leandro) y a otros 11 imputados con un sobreseimiento parcial.

La decisión se basa en la aplicación retroactiva de la Ley 27.799 (Inocencia Fiscal), que elevó los umbrales para que la falta de pago de impuestos sea considerada un delito penal. Báez estaba acusado por evasión de IVA y Ganancias de los años 2010, 2011, 2013 y 2014. Como las deudas de esos ejercicios no alcanzan los nuevos pisos de $100 millones, la justicia consideró que ya no constituyen delito. El empresario no quedó totalmente libre de cargos. Deberá enfrentar el juicio por la deuda correspondiente al año 2012, ya que en ese período el monto reclamado supera los límites fijados por la nueva ley.

La resolución de los jueces Jorge Zabala, Fernando Machado Pelloni y Karina Perilli se dio pese a la oposición del fiscal Diego Velasco, quien argumentó que la nueva ley es solo una actualización por inflación y no una “ley penal más benigna”. Sin embargo, el tribunal aplicó el criterio a favor del imputado, permitiendo que una decena de personas vinculadas a Austral Construcciones queden fuera del proceso por los períodos mencionados.

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