El Colegio de psicólogos de Santiago del Estero alerta por un falso profesional que pone en riesgo la salud mental: de quién se trata
A través de un comunicado oficial publicado en sus redes sociales, este martes 2 de junio del 2026, el Colegio de Psicólogos de Santiago del Estero alertó a toda la comunidad por un falso profesional que brindó una nota periodística presentándose como psicólogo a pesar de no serlo, ni de tampoco contar con matrícula profesional. 

A través de un comunicado oficial publicado en sus redes sociales, este martes 2 de junio del 2026, el Colegio de Psicólogos de Santiago del Estero alertó a toda la comunidad por un falso profesional que brindó una nota periodística presentándose como psicólogo a pesar de no serlo, ni de tampoco contar con matrícula profesional. 

“El mismo que se presenta como Psicólogo Social, estaria incurriendo en una falta grave de intrusismo profesional (Art. 247 del Código Penal)”, asimismo agregaron que “frente a este hecho el Colegio iniciará las correspondientes acciones legales al respecto, en resguardo de la Ley N° 6932 de Ejercicio Profesional de la Psicología en Santiago del Estero”.

Las autoridades profesionales señalaron que todas aquellas personas que se atribuyen “facultades que no les competen” también enfrentarán consecuencias legales. 

Quién es el falso profesional denunciado

El falso “psicólogo social”, denunciado por el Colegio de Psicólogos de Santiago del Estero este martes 2 de junio fue identificado como Claudio Gustavo Rojas, el mismo fue puesto bajo la lupa de los profesionales de la salud mental, tras la publicación de una nota periodística. 

Qué dice la Ley de Ejercicio Profesional N° 6932

Artículo 1º. – El ejercicio de la Psicología en todas sus especialidades dentro del territorio de la Provincia de Santiago del Estero queda sometido a las disposiciones de la presente Ley, del Estatuto, Código de Etica y demás normas reglamentarias que en consecuencia se dicten por el Colegio de Psicólogos de Santiago del Estero.

DE LAS CONDICIONES PARA EL EJERCICIO PROFESIONAL

Art. 2º. – Para ejercer la psicología como profesión independiente se requiere:

  • a) Tener título de grado de Psicólogo o de Licenciado en Psicología expedido por universidad  estatal o privada autorizada conforme a la legislación universitaria y habilitada de acuerdo a la misma.
  • b) Tener título equivalente otorgado por universidades extranjeras de igual jerarquía y  revalidado en el país, o que, en virtud de convenios internacionales en vigencia   y  existiendo reciprocidad, haya sido habilitado por una universidad nacional.
  • c) Tener domicilio fijado en el ámbito de la provincia a los efectos del ejercicio profesional.
  • d) Tener matrícula y habilitación en plena vigencia otorgadas por el Colegio de Psicólogos de Santiago del Estero de conformidad a las normas contenidas en su Estatuto y su Reglamentación.

Contando con las condiciones señaladas precedentemente y los que establezcan el Estatuto y su Reglamento Interno, el Colegio debe expedir la matrícula habilitante.

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