A casi 9 años del hundimiento del submarino ARA San Juan, el Tribunal Oral de Santa Cruz condenó al exdirector general de Mantenimiento y Arsenales de la Armada, Claudio Javier Villamide y absolvió al excomandante de Adiestramiento y Alistamiento de la Armada, Luis Enrique López Mazzeo; el exjefe de Operaciones Navales, Héctor Aníbal Alonso; y el exjefe del Estado Mayor del Comando de la Fuerza de Submarinos, Hugo Miguel Correa.
El tribunal conformado por los jueces Luis Alberto Jiménez, Enrique Nicolás Baroneto y Mario Gabriel Reinaldi estableció para Villamide una pena de tres años de prisión de ejecución condicional e inhabilitación especial para ejercer cargos públicos por el doble del tiempo de la condena.
La sentencia llega después de una investigación que se extendió por ocho años y un juicio oral que inició recién en marzo de este año. Durante 28 jornadas de audiencias, el Tribunal tuvo a consideración declaraciones de 98 testigos, documentación militar, pericias, testimonios de familiares de las víctimas y una inspección ocular en el submarino ARA Santa Cruz.
Durante el debate tomó intervención el Ministerio Público Fiscal, tras querellas en representación de 37 familias de los 44 tripulantes y la defensa de los cuatro exjefes navales que fueron imputados por el hundimiento del submarino desaparecido el 15 de noviembre de 2017.
Una sola condena
Villamide fue considerado autor penalmente responsable de los delitos de incumplimiento de los deberes de funcionario público, en concurso ideal con estrago culposo agravado por el resultado muerte.
Según publica MDZ, el exfuncionario deberá cumplir, además de la pena de prisión en suspenso, reglas de conducta a lo largo de tres años. Deberá fijar su domicilio, informar de cualquier cambio, someterse a control judicial correspondiente y no cometer nuevos delitos.
Para el Tribunal, Villamide no cumplió con sus funciones penalmente relevantes, como titular del Comando de la Fuerza de Submarinos. No obstante, los magistrados aclararon que la pena fue fijada únicamente por los hechos que lograron acreditarse durante el juicio y no por todas las conductas incluidas originalmente en la acusación fiscal.
En lo que respecta a los otros tres acusados, los jueces concluyeron en que la prueba reunida no logró demostrar incumplimientos funcionales penalmente relevantes, de acuerdo a la estructura jerárquica y la distribución de funciones en la Armada.
El Tribunal santacruceño señaló que la decisión fue tomada “con absoluta libertad de criterio, sin ningún tipo de presión o influencia de ninguna naturaleza”.
