La Justicia de Rosario ordenó el bloqueo de las redes sociales a un hombre que adeuda cuotas alimentarias a sus dos hijos, en una decisión sin precedentes. La medida busca que el tiempo utilizado en redes sociales se dedique a generar ingresos para cumplir con sus obligaciones civiles, explicó Sebastián Nava, el abogado que obtuvo la sentencia.
La jueza Gabriela Topino, del juzgado Colegiado N°7 de Rosario, dictó el fallo, que incluye otras medidas habituales en procesos de demanda por cuota alimentaria. Entre estas se encuentran la inscripción en el registro de morosos de alimentos, la retención de la licencia de conducir y la prohibición de asistir a espectáculos deportivos.
La sentencia incorpora una perspectiva de género, citando la Convención de Belém do Pará y la ley nacional N°26.485 para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra la mujer. La jueza destacó que dejar a la madre a cargo de todos los alimentos constituye una forma de violencia patrimonial.
Bloqueo de redes sociales y otras medidas
Además del bloqueo de redes, el tribunal impuso al condenado el pago de un millón de pesos en concepto de “alimentos históricos”, cuotas que debía y no pagó. La Justicia debe “librar un oficio a Meta”, empresa que administra redes como Facebook, Instagram y Whatsapp, para ejecutar el bloqueo informático.