El jefe de los fiscales había dictaminado la inconstitucionalidad de la reelección indefinida del cargo de gobernador en Formosa al hacer lugar a un amparo de la oposición contra los planes del dirigente peronista, en el puesto desde 1995 con ocho mandatos consecutivos y que preveía ir por un nuevo período al frente del Ejecutivo provincial.
Casal había determinado en su resolución de inconstitucionalidad de la reelección indefinida de Insfrán: “Cabe concluir que el sistema republicano consagrado en la Constitución Nacional y que las provincias se han obligado a respetar implica la limitación del poder. Las múltiples reelecciones sucesivas -potencialmente indefinidas- conspiran contra la finalidad propia del Estado de Derecho, pues dado el modo de funcionamiento de nuestras instituciones, la perpetuación en el poder erosiona el principio de separación de poderes”.
El jefe de los fiscales citó el artículo 132° de la Constitución de Formosa, que establece que “el Gobernador y el Vicegobernador durarán cuatro años en el ejercicio de sus cargos, y podrán ser reelectos”. Casal consideró que este artículo “se aparta de la necesaria periodicidad y renovación del mandato de las autoridades allí previstas, lo que resulta violatorio de lo dispuesto por el artículo 5° de la Constitución Nacional”.