Desde abril, los comercios deberán discriminar el IVA en sus facturas

En el marco de las medidas de transparencia fiscal impulsadas por la Agencia de Control y Recaudación Aduanera (ARCA), los comerciantes deberán discriminar el IVA en las facturas. La normativa regirá desde el 1 de de abril e impactará también a otros impuestos nacionales indirectos que incidan en los precios que pagan los consumidores finales.

El objetivo es que se ofrezca un desglose detallado de los impuestos incluidos en el precio final de los bienes y servicios adquiridos. Vale destacar que, los contribuyentes que emitían comprobantes por medio de una facturación electrónica utilizando sistemas del organismo como Facturador Móvil o Comprobantes en Línea, ya tenían la opción de discriminar el IVA en sus comprobantes de compra.

Pero el resto de los comerciantes tenía un plazo adicional hasta el 1° de abril de 2025 para adaptarse a la nueva normativa. Es por eso que, a partir de esta fecha, la discriminación de los impuestos pasa a ser obligatoria.

Por otra parte, en caso de las facturas y comprobantes de las grandes empresas, es preciso incluir una línea adicional en la que se especifique el monto correspondiente al IVA y, en aquellos casos que correspondan, también los impuestos internos aplicables al precio final que paga el consumidor.

Esta medida busca dar a los consumidores una visión más clara sobre cómo los impuestos inciden en el costo final de los productos o servicios que adquieren.

Finalmente, las facturas que reciban en sus compra llevarán la leyenda “Régimen de Transparencia Fiscal al Consumidor Ley 27.743” e indicar los impuestos que afectan el precio final del producto o servicio.