En 24 horas, la ANDIS debe restituir las pensiones por discapacidad suspendidas en todo el país

Por orden del Juzgado Federal N° 2 de Catamarca, la Agencia Nacional de Discapacidad (ANDIS) deberá restablecer, en un plazo máximo de 24 horas, todas las pensiones no contributivas por “invalidez laboral” que habían sido suspendidas en virtud del Decreto 843/2024 y abonar los haberes retenidos a las personas afectadas.

La decisión judicial dispone que hasta tanto no recaiga sentencia definitiva, el organismo creado por el Gobierno de Javier Milei debe abstenerse de continuar las auditorías con base en la normativa cuestionada (Decreto 843/2024) y de disponer nuevas suspensiones.

El fallo fue dictad en el marco de una acción de amparo colectivo encabezada por el Defensor del Pueblo de Catamarca junto a personas con discapacidad y la Asociación de Personas y Familiares de Discapacitados Motores (APYFaDiM), a la cual se acumuló la presentación judicial realizada ante la Justicia Federal de La Plata por la Asociación Azul, la Asociación Civil por la Igualdad y la Justicia (ACIJ) y el Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS), con el patrocinio jurídico de la Clínica Jurídica en Discapacidad y Derechos Humanos de la Universidad Nacional de La Plata. También se habían presentado en el caso la Red por los Derechos de las Personas con Discapacidad, la Federación Argentina de Instituciones de Ciegos y Ambliopes, la Red de Asistencia por los Derechos y la Integración Social, la Asamblea Permanente por los Derechos Humanos y la Mesa de Trabajo en Discapacidad y Derechos Humanos.

“En nuestra acción de amparo, presentada en el mes de septiembre, argumentamos que la conducta estatal había implicado una violación del debido proceso y del derecho a la protección social, a la salud y a la vida independiente de las personas con discapacidad”, manifestaron desde la Asociación Civil por la Igualdad y la Justicia.

Además, plantearon que “se había violado el deber de buena fe estatal al haber creado nuevas obligaciones para los beneficiarios y beneficiarias de estas prestaciones de manera simultánea con el inicio de la auditoría y sin impulsar medidas de difusión para que las personas conocieran el deber de actualizar sus domicilios”.

“La suspensión de más de cien mil pensiones en los últimos meses implicó un grave avasallamiento de los derechos fundamentales de las personas con discapacidad, profundizando la situación de vulnerabilidad y exclusión que enfrentaron históricamente. Con esta decisión, la Justicia federal reafirmó la obligación del Estado de revertir un accionar arbitrario que puso en riesgo el derecho a una vida digna”, remarcaron.