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ARCA incorporó a 22 familiares de empleados fallecidos, pese a una norma que prohíbe los cargos hereditarios

La medida generó polémica porque desde 2024 rige un decreto nacional que eliminó la prioridad de ingreso al Estado por vínculos familiares. …

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Redacción Info del Estero
4 de junio de 2026 · 2 min de lectura
ARCA incorporó a 22 familiares de empleados fallecidos, pese a una norma que prohíbe los cargos hereditarios
FotoARCA incorporó a 22 familiares de empleados fallecidos, pese a una norma que prohíbe los cargos hereditarios

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) quedó en el centro de la controversia tras la incorporación de 22 nuevos agentes vinculados familiarmente con trabajadores fallecidos del organismo. Las designaciones se concretaron en áreas de la Dirección General Impositiva (DGI) y de la Aduana, amparadas en disposiciones contempladas por el convenio colectivo vigente.

La situación despertó cuestionamientos debido a que el Gobierno nacional había establecido en octubre de 2024, mediante el Decreto 959, la eliminación de los denominados “cargos hereditarios” dentro de la administración pública. La normativa dispuso que hijos y cónyuges de empleados estatales ya no tendrían prioridad para acceder a puestos vacantes por razones de parentesco.

No obstante, desde ARCA sostienen que el convenio laboral del organismo todavía contempla la posibilidad de incorporar a familiares directos de trabajadores fallecidos. Según esa normativa interna, el hijo o el cónyuge sobreviviente puede ser designado cuando se produzca el deceso de un agente, siempre que se cumplan los procedimientos establecidos.

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El caso reabrió el debate sobre la adecuación de los convenios colectivos a las disposiciones impulsadas por el Gobierno nacional. Mientras sectores gremiales aseguran que esas cláusulas continúan vigentes hasta una futura actualización formal, especialistas en empleo público sostienen que el decreto nacional debería prevalecer sobre cualquier normativa interna que mantenga beneficios de este tipo.

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