ARCA amplió la factura electrónica obligatoria: quiénes deberán emitir comprobantes desde noviembre
ARCA amplió la factura electrónica obligatoria a nuevos grupos de contribuyentes mediante una resolución publicada este lunes. El esquema tendrá una primera etapa en noviembre de 2026 y una segunda desde marzo de 2027.

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) amplió la obligación de emitir comprobantes electrónicos o utilizar controladores fiscales para nuevos grupos de contribuyentes, a través de la Resolución General 5893/2026, publicada este lunes en el Boletín Oficial. La medida establece un cronograma de incorporación que comenzará el 1° de noviembre de 2026 y continuará con una segunda etapa desde el 1° de marzo de 2027, con el objetivo de ampliar la digitalización y la trazabilidad de las operaciones.
La primera etapa alcanzará a determinados pequeños contribuyentes inscriptos en el Régimen de Inclusión Social y Promoción del Trabajo Independiente. También quedarán comprendidos quienes estén incorporados al Registro Nacional de Efectores de Desarrollo Local y Economía Social.
Según pudo saber Info del Estero, el segundo tramo comenzará el 1° de marzo de 2027 y alcanzará a los sujetos que no estén incluidos en el Impuesto al Valor Agregado (IVA). De esta manera, el universo de contribuyentes alcanzados por la obligación de utilizar comprobantes electrónicos se ampliará progresivamente.
ARCA y la factura electrónica obligatoria: cuáles son las nuevas fechas
Los contribuyentes que queden incluidos en el nuevo régimen podrán utilizar las herramientas habilitadas por ARCA para generar facturas y otros documentos que respalden las operaciones realizadas.
La normativa también contempla una alternativa para situaciones en las que los sistemas electrónicos autorizados no puedan ser utilizados. En esos casos, los comprobantes impresos continuarán disponibles, pero exclusivamente como mecanismo de contingencia.
Dos etapas para ampliar la digitalización fiscal
El cronograma definido por ARCA queda establecido de la siguiente manera:
- 1° de noviembre de 2026: determinados pequeños contribuyentes del Régimen de Inclusión Social y Promoción del Trabajo Independiente y contribuyentes incorporados al Registro Nacional de Efectores de Desarrollo Local y Economía Social.
- 1° de marzo de 2027: sujetos que no estén alcanzados por el IVA.
La modificación representa una ampliación de la facturación electrónica hacia sectores que hasta ahora disponían de excepciones frente al régimen general. El objetivo es profundizar el registro digital de las operaciones y mejorar su trazabilidad fiscal.
Con este nuevo cronograma, ARCA amplía la factura electrónica obligatoria de manera gradual y suma a nuevos contribuyentes al esquema de comprobantes digitales durante los próximos meses.




