Causa AMIA: procesaron a ocho acusados y la investigación avanza hacia un juicio en ausencia
La resolución supera las 600 páginas y contempla embargos de hasta 500 millones de dólares para cada uno de los procesados.

La causa por el atentado contra la AMIA dio un nuevo paso judicial luego de que el juez federal Daniel Rafecas procesara a ocho ciudadanos iraníes y libaneses a quienes atribuyó distintos grados de responsabilidad en la planificación y ejecución del ataque ocurrido el 18 de julio de 1994.
La decisión fue adoptada bajo el régimen de juicio en ausencia, incorporado mediante la Ley 27.784, debido a que los acusados permanecen fuera del país y no se encuentran a disposición de la Justicia argentina.
Entre los principales acusados se encuentran exfuncionarios de alto rango del gobierno iraní. Rafecas señaló como autores mediatos a Ali Fallahijan, quien era ministro de Inteligencia; Ali Velayati, entonces titular de Relaciones Exteriores; Mohsen Rezai, por ese momento comandante de la Guardia Revolucionaria, y Ahmad Vahidi, quien estaba al frente de la fuerza Al Quds.
En otro nivel de participación, el magistrado procesó como cómplices necesarios a Hadi Soleimanpour, exembajador iraní en Argentina; Mohsen Rabbani, quien se desempeñaba como consejero cultural de la embajada, y Ahmad Asghari, identificado en la investigación como integrante de los servicios de inteligencia de la Guardia Revolucionaria.
El octavo procesado es Salman Raouf Salman, también conocido como Samuel El Reda, ciudadano libanés vinculado a Hezbollah. Según la resolución, habría tenido a su cargo la coordinación de la fase operativa final del atentado.
La reconstrucción del atentado
El fallo establece que la decisión de llevar adelante el ataque fue tomada en agosto de 1993 por las máximas autoridades del régimen iraní y posteriormente encomendada a Hezbollah. La organización habría articulado una estructura de apoyo en la región para concretar la operación, con presencia en la zona de la Triple Frontera.
Dentro de la reconstrucción realizada por el juzgado, aparece la compra de una camioneta Renault Trafic el 10 de julio de 1994. El vehículo fue acondicionado y cargado con aproximadamente 300 kilos de explosivos antes de ser utilizado ocho días después frente a la sede de la AMIA.
El atentado provocó la muerte de 85 personas y dejó 151 heridos, además de importantes daños materiales en el edificio y sus alrededores.
Los delitos atribuidos y los próximos pasos
Rafecas encuadró los hechos como homicidios y lesiones reiteradas, agravados por motivos de odio racial o religioso y por la utilización de un medio capaz de generar peligro común. También consideró configurado el delito de daño agravado por razones discriminatorias.
Además, el juez sostuvo que el atentado constituye un crimen de lesa humanidad y efectuó un encuadre adicional dentro de la figura de genocidio conforme al Derecho internacional.
En la misma resolución, Rafecas dictó la falta de mérito para Abdallah Salman y Hussein Mouzannar. La situación procesal del líder supremo iraní Alí Khamenei, del dirigente de Hezbollah Imad Mughniyeh y de Ali Hussein Abdallah no fue analizada debido a que, según consta en el fallo, los tres fallecieron.
La resolución todavía puede ser apelada por la Defensa Oficial. Si los procesamientos son confirmados por las instancias superiores, el expediente quedará en condiciones de avanzar hacia la siguiente etapa, que contempla la realización de un juicio oral y público bajo el régimen de juicio en ausencia.




