Matricidio en Monte Quemado: qué puede pasar con el menor que asesinó a su madre de varias puñaladas

La conmoción en Santiago del Estero por el matricidio ocurrido en Monte Quemado abrió no solo interrogantes sobre el hecho en sí, sino también sobre cómo actúa la Justicia cuando el principal acusado es un menor de edad (17 años). Frente a ese escenario, Info del Estero consultó con el abogado, Franklin Moyano, quien aportó una mirada clave para entender los alcances del régimen penal juvenil en la provincia.

“El régimen de la minoridad en Santiago del Estero es distinto al de adultos”, explicó el letrado, al poner en contexto el tratamiento que recibe un adolescente frente a un delito grave. Lejos de una lógica punitiva tradicional, el sistema busca priorizar la contención y el seguimiento integral del joven. “El menor tiene la posibilidad de estar en centros especializados. El único de la provincia es Nexo, un lugar que no busca la sanción del delito, sino ubicarlo en un espacio adecuado para poder controlar todo lo que implica estar imputado ante la ley”, detalló.

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En esa línea, Moyano remarcó que el rol del juez es clave. “Cada 30 días el juez debe evaluar cómo está ese menor: si tiene una familia que lo pueda contener, si presenta adicciones, si necesita asistencia psicológica. Es un seguimiento permanente”, sostuvo. Esta dinámica, explicó, apunta a garantizar derechos y a intervenir sobre el contexto del adolescente, más allá del hecho que se investiga.

Dr. Franklin Moyano

El contraste con el régimen de adultos es notorio porque “en un mayor, un hecho así podría derivar en una condena perpetua. En un menor, no. La imputabilidad está disminuida en la cantidad de pena probable, incluso en los casos más graves”, señaló el abogado. Además, aclaró que las medidas de privación de la libertad también tienen límites estrictos: “Las detenciones cautelares no pueden superar el año. El juez puede disponer seis meses, prorrogables por otros seis en situaciones excepcionales”.

Para Moyano, estas diferencias no implican una ausencia de responsabilidad, sino un enfoque distinto. “Un menor no puede estar más de un año en un servicio para menores. Lo que se busca es protegerlo, garantizar que tenga atención psicológica, que continúe con la escuela y que no sea expuesto a una cárcel común”, explicó.

“La detención es excepcional y se sostiene hasta que se realice el juicio”, concluyó el letrado, por lo que el menor no estará más de seis meses detenido preventivamente.

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