Procesaron a un policía que empujó a una jubilada durante una marcha
La Sala II de la Cámara Federal porteña ordenó el procesamiento de Nicolás Emanuel Céspedes por lesiones leves agravadas por abuso de su función. El hecho ocurrió el 12 de marzo de 2025, cuando la víctima de 82 años participaba pacíficamente de la movilización hasta que recibió un empujón y cayó.

Nicolás Emanuel Céspedes, integrante de la Policía Federal Argentina fue procesado por ejercer violencia contra una jubilada durante una marcha el 12 de marzo del año pasado. La decisión proviene de la Sala II de la Cámara Federal porteña, donde los jueces confirmaron la figura penal de lesiones leves agravadas por abuso de su función.

Los magistrados tienen en su poder un video que se “viralizó” en redes sociales en los que se puede ver al efectivo empujando a una mujer de 82 años. producto de eso, la jubilada cayó bruscamente y sufrió un traumatismo de cráneo.

Los jueces Martín Irurzun, Eduardo Farah y Roberto Boico ratificaron además el embargo de 40.000.000 pesos sobre los bienes de Cépedez. Para la decisión judicial fueron de total relevancia los videos del hecho tomado por manifestantes que participaban de la movilización.

En las imágenes se puede ver que la víctima se encuentra de pie, con los brazos abajo, sin representar un peligro para los efectivos. Además, usa un bastón para movilizarse. Pese a eso, recibe un inesperado empujón por parte del funcionario.

También se puede observar cómo este, no intenta asistirla ni se preocupa por la salud de la mujer que, debido a la gravedad de las heridas, debió ser asistida por personal médico.

Para la Justicia, Céspedez visualizó a la mujer antes de empujarla. Se descartó la versión de la defensa que sostenía que el policía actuó por un “acto reflejo” tras recibir supuestos bastonazos. Los abogados intentaron justificar el accionar alegando que el agente había sido golpeado por detrás y que su movimiento fue involuntario.

Sin embargo, la Cámara consideró que esta versión era contradictoria, ya que, no se puede alegar defensa propia y, al mismo tiempo, decir que el acto fue un accidente sin intención. Además, no se hallaron pruebas de que el casco de otro efectivo hubiera sido roto por la mujer, como sostenía el descargo del imputado.

Así las cosas, el fallo de los jueces, dejando firme el procesamiento del agente a la instancia de juicio oral.

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