El Gobierno nacional formalizó hoy la implementación de un bono destinado a los adultos mayores y sectores vulnerables. El objetivo de la medida de seguridad social es blindar el poder de compra del sector pasivo frente a la escalada inflacionaria.
La suma extraordinaria comenzará a depositarse de manera complementaria junto con el cronograma de haberes ordinarios correspondientes al mes de junio.
De acuerdo con las especificaciones técnicas del Decreto 399/2026, el beneficio consistirá en una suma de dinero de hasta un tope máximo de $70.000. La normativa del Poder Ejecutivo aclara que este monto posee una condición estrictamente no remunerativa, lo que implica que el dinero se percibirá de forma neta y no estará sujeto a ningún tipo de descuento ni deducción previsional.
Quiénes se verán beneficiados
Los receptores de este bono serán:
**Los titulares de prestaciones contributivas previsionales del sistema nacional.
**Los beneficiarios de la Pensión Universal para el Adulto Mayor (PUAM).
**Aquellas personas que perciben pensiones no contributivas bajo las modalidades de vejez, invalidez y madres de siete hijos o más.
Cuándo se cobra
El cobro de este refuerzo económico coincidirá de manera estratégica con el mes en que los jubilados perciben la primera cuota del Sueldo Anual Complementario (SAC), comúnmente denominado aguinaldo. Para esta liquidación masiva de junio, la Casa Rosada dispuso un esquema de distribución escalonado y proporcional con el fin de establecer un piso garantizado de ingresos:
**Haber mínimo: Quienes perciban un monto mensual menor o igual al haber mínimo previsional vigente recibirán el bono de $70.000 en su totalidad.
**Haberes superiores: Aquellos titulares que superen la jubilación mínima recibirán un importe variable. El mismo consistirá en la diferencia económica necesaria hasta alcanzar el tope máximo resultante de sumar el haber mínimo y los $70.000 del bono.
Finalmente, el decreto estipula como requisito obligatorio que, para tener derecho a percibir esta suma extraordinaria de dinero, las prestaciones previsionales de los solicitantes deben encontrarse activas y plenamente vigentes dentro del mismo período mensual en que se ejecute la liquidación de las cajas del Estado.
