La Dirección de Rentas de la Provincia dependiente del Ministerio de Economía envió notificaciones a contribuyentes deudores con el fin de invitarlos a acogerse a la Ley Moratoria 7393. Esto es, regularizar su situación fiscal por medio de la condonación de intereses consolidados.
Por medio de esta legislación, el organismo otorgará beneficios a aquellos que asuman el compromiso de pagar lo adeudado. En ese sentido, en consulta con profesionales en la materia aconsejan consultar con un contador público matriculado en caso de tener dudas.
¿Cuáles son los beneficios de acogerse a la Moratoria?
– Condonación de intereses consolidados.
a) En un 70% en el caso de acogerse al plan especial de regularización dentro de los 30 días corridos de entrada en vigencia de la ley, cuando la totalidad de la deuda se cancele de contado o hasta 3 cuotas;
b) En un 60% en el caso de acogerse al plan de regularización entre 31 y 60 días corridos de entrada en vigencia de la ley, cuando la totalidad de la deuda se cancele de contado o hasta 3 cuotas;
c) En un 50% en el caso de acoger al plan de regularización entre 61 y 90 días corridos de entrada en vigencia de la ley, cuando la totalidad de la deuda se cancele de contado o hasta 3 cuotas.
d) En un 40% en el caso de acoger al plan de regularización dentro de los 90 días corridos de entrada en vigencia de la ley, cuando la totalidad de la deuda se cancele con un plan de hasta 48 cuotas.
– Condonación de multas del 109° y 110°, el 100%.
Obligaciones incluidas en el régimen:
a) Las provenientes de declaraciones juradas, determinaciones de oficio, anticipos, y pagos a cuenta.
b) Las que se encuentren en curso de discusión administrativa, contencioso administrativo o en cobro ejecutivo, incluso aquellas con sentencia firme a la fecha de sanción de la presente ley.
c) Las provenientes de retenciones, percepciones o recaudaciones omitidas.
d) Saldos impagos de los planes de facilidades de pago previstos en el Código Fiscal, vigentes o no.
Para más detalles, pueden ingresar a la web de la Dirección de Rentas, o seguir ESTE INSTRUCTIVO. El plazo es hasta el 22 de marzo de este año inclusive.