La Cámara Nacional en lo Criminal y Correccional confirmó el sobreseimiento de Santiago Caputo en la causa iniciada por el ex diputado radical Facundo Manes por presuntas amenazas. La Sala II ratificó que existió “inexistencia de delito” y cerró así el expediente judicial vinculado al episodio ocurrido en el Congreso.
Como es de público conocimiento, la denuncia se había originado luego de que el 1 de marzo del año pasado, los funcionarios mantuvieron un desafortunado cruce en los pasillos en la apertura de las sesiones ordinarias encabezada por el presidente Javier Milei.
En primera instancia, el juez Ariel Lijo resolvió archivar las actuaciones al considerar que no se configuraban amenazas coactivas, decisión que luego fue apelada por el médico neurólogo.
Luego, el tribunal de alzada confirmó el criterio del magistrado y dictó el sobreseimiento en los términos de los artículos 213 inciso d y 195, segundo párrafo, del Código Procesal Penal de la Nación. Con ese pronunciamiento, la causa fue remitida nuevamente al juzgado de origen para su archivo definitivo.
Así, los camaristas concluyeron que los hechos denunciados no alcanzaron relevancia penal. El fallo despeja cualquier responsabilidad judicial para Caputo en relación con los dichos y gestos que habían sido señalados como intimidatorios por el diputado.
MANES DOMÓ A SANTIAGO CAPUTO JAJAJAJAJAJJAJAJAJAKAJ pic.twitter.com/v7l5eJxmKr
— TUGO News (@TugoNews) March 2, 2025
