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Diputados aprobaron restituir la Ley de Tierras y el proyecto vuelve al Senado

RI
Por Redacción Info del Estero
Hace 58 min · 3 min de lectura
Diputados aprobaron restituir la Ley de Tierras y el proyecto vuelve al Senado

La Cámara de Diputados aprobó en general el proyecto de Inviolabilidad de la Propiedad Privada, pero con una modificación sustancial. Pues, el texto contradice el objetivo principal del presidente Javier Milei: la restitución formal de la Ley de Tierras Rurales.

El resultado de la votación reflejó la extrema paridad del recinto, cerrando con 124 votos afirmativos, 119 negativos y 6 abstenciones. Las abstenciones —protagonizadas por cinco diputados del bloque Provincias Unidas y el legislador del PRO Álvaro González— resultaron determinantes, ya que si hubiesen volcado sus sufragios por la negativa la iniciativa se habría caído.

Al haber introducido cambios al texto previamente sancionado por la Cámara alta, el proyecto debió ser girado nuevamente al Senado para su tratamiento definitivo.

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Devolución de vigencia a la Ley de Tierras

La modificación central introducida en el dictamen de la Cámara Baja deja sin efecto el artículo 154 del DNU 70/23 y le restituye "plena vigencia" a la Ley N.º 26.737. Esta normativa, sancionada durante la gestión de Cristina Kirchner, fije un tope del 15% a la propiedad de tierras rurales en manos de personas físicas o jurídicas extranjeras a nivel nacional, provincial y departamental.

Aunque la propuesta original del ministro de Desregulación, Federico Sturzenegger, buscaba eliminar todo límite a la venta de tierras a capitales foráneos, la presión política de los bloques aliados en el Congreso forzó al oficialismo a incluir esta concesión estratégica para destrabar el debate y evitar una derrota legislativa mayor.

Expropiaciones, desalojos expeditos y digitalización

A pesar del contrapunto por la Ley de Tierras, la Cámara Baja mantuvo los tres capítulos estructurales acordados previamente en la Cámara alta.

Uno es el de las expropiaciones, donde le declaración de utilidad pública será de interpretación restrictiva. La indemnización deberá incluir el lucro cesante (con un tope del 30% del daño emergente salvo prueba en contrario) y el valor del bien se calculará al día anterior al primer anuncio oficial, actualizado por el IPC más la tasa activa del Banco Nación. A su vez, se establece un límite de 90 días para la ocupación temporánea.

El segundo punto es el de los Desalojos agilizados. Los procesos se tramitarán mediante juicio sumarísimo. En los casos de alquileres de vivienda, se fija un plazo de intimación previa de al menos diez días. Ante demandas por falta de pago o vencimiento de contrato, el propietario podrá solicitar la desocupación inmediata bajo caución juratoria. Si se determina la presencia de menores o adultos mayores en desamparo, se dará intervención a organismos de asistencia habitacional en un plazo de 72 horas, sin suspender la marcha del trámite judicial.

En cuanto al registro de la propiedad inmueble, se moderniza la Ley N.º 17.801 mediante la implementación de la digitalización integral, presentación de documentos electrónicos y firma digital.

El escenario que se abre en la Cámara Alta

Con este panorama, la discusión retorna a la Cámara de Senadores, donde la bancada oficialista deberá definir si acepta las modificaciones impuestas por Diputados —incluida la vigencia del límite a la venta de campos a extranjeros— o si intenta insistir con la redacción original aprobada en la revisión previa.

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