El Gobierno dio marcha atrás y no cobrará Impuesto a las Ganancias a los Cedears ni a los Fondos Comunes

El Gobierno nacional dio marcha atrás con un polémico apartado del proyecto de Ley de Competitividad Financiera que eliminaba las exenciones impositivas para los inversores en Certificados de Depósito Argentinos (Cedears) y Fondos Comunes de Inversión (FCI).
Pocas horas después de que la iniciativa ingresara a la Cámara de Diputados con la firma del presidente Javier Milei, el ministro de Economía Luis Caputo y los ministros Federico Sturzenegger, Diego Santilli y Alejandra Monteoliva, fuentes oficiales confirmaron que la modificación tributaria sobre estos instrumentos será retirada del texto final. Felipe Núñez, asesor de la cartera económica, aclaró que la inclusión de dicha norma obedeció a "un borrador viejo" que no debía formar parte del articulado.
El impacto que generó la propuesta
l texto original contemplaba en su artículo 230 la modificación del inciso u) del artículo 26 de la Ley de Impuesto a las Ganancias. La reforma buscaba que los Cedears adquiridos a partir del 31 de octubre de 2026 tributaran sobre las utilidades generadas por su compraventa, eliminando la exención que rige actualmente para personas humanas residentes en el país.
El Ejecutivo argumentaba la necesidad de aplicar un principio de transparencia fiscal (look-through) para equiparar la carga impositiva entre quienes invierten directamente en activos en el exterior y quienes lo hacen a través de certificados en el mercado local. Una medida similar afectaba a los Fondos Comunes de Inversión en el artículo 179, lo que en conjunto buscaba incrementar la recaudación tributaria y los fondos coparticipables a las provincias.
Ejes centrales de la Ley de Competitividad Financiera
Pese a la rectificación en materia impositiva, el megaproyecto de 240 artículos impulsado por la cartera de Sturzenegger mantiene sus pilares orientados a la modernización del sistema financiero y la desregulación económica:
**Tokenización de activos y blockchain: Modifica el Código Civil y Comercial para otorgar validez legal a los títulos constitutivos sin soporte físico y permite que los valores negociables sean emitidos, transferidos y almacenados mediante tecnología blockchain.
**Activos digitales como garantía: Habilita expresamente el uso de instrumentos y activos digitales para respaldar operaciones financieras.
**Flexibilización de pagarés: Permite fijar sumas en unidades de valor variable para contrarrestar los efectos de la inflación en el financiamiento a corto plazo, e incorpora la emisión de pagarés respaldados por bienes físicos (productos agropecuarios, minerales o industriales).
La iniciativa requerirá su inclusión en el temario de sesiones extraordinarias para ser debatida en comisiones y eventualmente sancionada por el Congreso.




